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El canto coral en la agenda gubernamental
Por Marcelo Valva
¿De que hablamos cuando hablamos de agenda?
Podemos definir la agenda como el conjunto de temas, o problemas de
políticas públicas que son objeto de tratamiento. Esta agenda, a su vez,
puede ser sistémica o gubernamental. La sistémica hace referencia a las
acciones que los miembros de una comunidad política consideran merecedoras
de atención pública para ser tratadas por la clase dirigente. La agenda
gubernamental es aquel conjunto de asuntos explícitamente aceptados por el
poder político.
La primera pregunta que se me ocurre formular sería:
¿Es realmente necesaria una política pública en materia de música coral o es
suficiente que esta actividad, como hasta ahora y salvo excepciones, sea
llevada a cabo por particulares o instituciones privadas?
Si consideramos al canto coral como una expresión puramente artística a
cargo de un grupo de gente que se reúne para cantar periódicamente, no
habría suficientemente fundamento para que el Estado la haga parte de su
agenda gubernamental.
Sin embargo, quienes estamos aquí sabemos que el canto coral no es sólo eso.
Entre otras cosas, constituye una herramienta de vital importancia para
sensibilizar estéticamente al ser humano y para lograr una real integración
social de los individuos, ya que su práctica allana diferencias sociales y
elimina las barreras que imponen las fronteras, la lengua, la raza y las
creencias religiosas o políticas. También sabemos que es una herramienta
vital para alejar a la juventud de las drogas, el alcohol y escapismos
fáciles y riesgosos amén de abrirles nuevas perspectivas a su formación
cultural.
Visto desde esta perspectiva ya la intervención del Estado se perfila como
deseable y hasta necesaria.
Admitido esto, vamos a un segundo interrogante: ¿Ocupa actualmente la música
coral un lugar en la agenda gubernamental del Estado?
A modo de ejemplo, puede decirse que en el ámbito nacional no existen
prácticamente normas que aludan a los coros o la música coral, con la
excepción de algunos decretos que regulan aspectos administrativos de los
integrantes de los organismos oficiales.
Es más, la única vez que se hizo referencia a los coros en alguna norma
general fue en la reglamentación del Estatuto del Músico -hoy felizmente
derogada- donde se establecieron una serie de normas que revelaban un total
desconocimiento del funcionamiento de los coros y de la problemática coral
en nuestro país, como así lo hicimos saber desde Adicora oportunamente.
Ahora bien, quienes me han precedido nos han hecho ver que en determinados
ciudades o regiones de nuestro país el Estado sí ha tomado intervención en
esta materia. Algunos de ellos inclusive, fueron o son testigos o actores
fundamentales en el diseño e implementación de esos proyectos.
Pero me pregunto si estas acciones que se llevan o han llevado a cabo
responden a una cuestión de agenda gubernamental o son sólo esfuerzos
aislados provenientes de directores, compositores, coreutas o agentes
relacionados con la actividad coral a los que los azares de la política
llevan a ocupar un cargo público o a gozar de la confianza del funcionario
del área.
Si la segunda opción es la respuesta, es probable que, al margen del éxito
que puedan coronar estas gestiones, también puedan presentarse algunos de
estos problemas:
El primero es que una vez que finalice el mandato del funcionario que
acompaña o implementa el proyecto, éste plan desaparezca.
Ejemplos de estos ha habido por cientos en nuestro país. ¿Cuantos coros han
nacido y crecido al abrigo de una gestión provincial o municipal que
prohijaba este tipo de arte y desaparecieron al finalizar aquella, aún
cuando el partido gobernante siguió siendo el mismo?
Y no sólo hablamos de coros. En 1984, con el advenimiento de la democracia,
el Centro de Divulgación Musical de la Ciudad de Buenos Aires (el CDM)
implementó un ambicioso plan de difusión de la música coral que incluía,
entre otras cosas, conciertos en teatros, iglesias, escuelas y geriátricos,
la distribución de una revista mensual en forma gratuita que contenía
partituras y la organización de cursos, talleres y mega-encuentros.
Pues bien, ocurrido el recambio institucional de 1989, esta iniciativa
desapareció por completo y no quedó absolutamente nada, salvo el recuerdo en
muchos memoriosos y algunos ejemplares de la revista cuyos arreglos siguen
siendo materiales de uso frecuente.
Lo mismo sucedió hace unos años en el mismo ámbito. La Dirección de Música
de la Ciudad, creó una oficina dedicada a la música coral -precisamente a
cargo del primer Secretario General de Adicora-. Pero al igual que su
antecedente, también desapareció de un plumazo al cambiar el gobierno de
turno.
Estos son apenas dos ejemplos entre miles. Imagino que cada uno de los
presentes conoce casos similares que han ocurrido en sus lugares de origen.
Cuando el funcionario que ocupa un cargo público es desplazado, la atención
gubernamental a la disciplina a la que éste había volcado sus esfuerzos, por
conocimiento o afición, desaparece, o bien se traslada hacia la disciplina
favorita del nuevo funcionario. Esto, claro, en el mejor de los casos.
Recuerdo que hace unos años, fue designado como Director de Música de una
importante ciudad quien hasta ese momento se desempeñaba como Director de
Plazas y jardines, antecedente muy noble por cierto, pero no muy sólido como
currículum.
Otro problema que suele presentarse en estas “políticas personalistas de
buena voluntad” es que si no existe una política de estado clara y
determinada, se corre el riesgo de que las acciones que el funcionario tome
puedan estar signadas exclusivamente por sus gustos o ideología. En el caso
de la música coral, si aquél tiene una especial animadversión para con la
música popular, ésta ocupará poco espacio en su gestión. Por el contrario,
si el repertorio clásico o académico no lo conmueve o hasta lo aburre,
difícil será escuchar un Mozart o Lauridsen en los conciertos oficiales.
¿Que hacer?
Sospecho que esta política de coyuntura que depende exclusivamente de la
buena voluntad de un agente debería ser reemplazada por políticas estatales
que sobrevivan a los funcionarios y gobiernos de turno. Pero para ello es
necesario, en primer lugar, una acción vigorosa destinada a incluir el canto
coral en las agendas gubernamentales, tarea para la cual cobran verdadero
protagonismo los particulares, y las organizaciones privadas, constituidos
en verdaderos “actores sociales”, estos actores sociales deben tener
un claro interés y una precisa ideología, pero deben también contar con
recursos tales como capacidad de negociación y de influencia; capacidad de
representación y liderazgo; capacidad de movilización social y de presión y,
por sobre todo, capacidad de coalición con otros actores, ya que el juego de
la política pública no suele darse entre actores aislados, sino conformando
alianzas o coaliciones.
El caso de la Rioja parece acercarse bastante a este modelo. La ley
provincial de la que ya se habló no procede de una decisión de coyuntura
tomada por el funcionario de turno sino que ha sido promovida por actores
sociales, instalada en la agenda de gobierno, y luego debatida por el poder
político.
Por otra parte el artículo 15, contiene una clara línea de orden político
cultural al establecer que las agrupaciones abordarán (...) todos los
géneros de la Literatura Musical para Coros, persiguiendo dar identidad y
personalidad a los mismos a través de obras de autores y arregladores
riojanos. Supletoriamente esta prioridad debe extenderse a los autores
argentinos.
Esta pauta, independientemente de la valoración que cada uno haga, fija una
política clara de estado; el abordaje de todos los géneros musicales, pero
la búsqueda de una identificación regional a través de autores locales y/o
nacionales.
Este ejemplo podría ser uno de los caminos a seguir. Esto es, instalar la
problemática coral en la agenda y lograr que la política en la materia
–consensuada y elaborada por todos sus protagonistas- sea una sola,
independientemente del gobierno de turno.
Ese también ha sido el espíritu de Adicora al elaborar el proyecto de ley
por el cual se declaran de interés nacional las actividades que tengan por
finalidad específica la promoción, protección y difusión de la actividad
coral.
Recordemos que entre otras cosas este proyecto fijaba como políticas de
estado los siguiente puntos:
. El reconocimiento de la actividad coral como objeto de
protección por parte del Estado.
. La necesidad de incorporar progresivamente a los programas oficiales los
contenidos estéticos y artísticos mínimos para el aprendizaje y
consolidación de conocimientos que promuevan la práctica de la música coral
en todos los niveles de la enseñanza, como así también la capacitación y
perfeccionamiento de maestros de aula y profesores de música.
. El reconocimiento de la figura del director coral en todas las nóminas,
partidas presupuestarias o listas de cargos de todos aquellos organismos de
la Administración Pública nacional centralizada y descentralizada en las
cuales exista un coro.
. El establecimiento del concurso público de antecedentes y oposición para
acceder a los cargos de director coral en los organismos públicos que posean
un coro.
. La intervención de organismos privados en la discusión y toma de
decisiones a través de un “Consejo Asesor para la Música Coral” que por esa
norma se crea.
Recordemos que esta iniciativa fue puesta a consideración de toda la
comunidad coral argentina, su anteproyecto fue discutido en el marco de su
2º Asamblea Anual Ordinaria por un panel en la cual estaban representados
organismos de fomento a la actividad coral, funcionarios, periodistas,
representantes de editoriales, y su texto fue objeto de sugerencias por
parte de comisiones constituidas en ese espacio de reflexión.
Este es otro de los ejemplos del camino que mencionábamos antes.
Ahora bien, el paso de las políticas personalistas, que –repito- nada tienen
de malo y sí mucho de bueno, aunque están en peligro constante de
desmoronamiento, a las políticas gubernamentales programáticas no se da de
la noche a la mañana. Tal vez una buena forma de transición podría darse si
la gestión de los funcionarios artistas o cercanos al arte coral, no se
limita a diseñar un plan de actividades culturales sino a fomentar el
diálogo con los diferentes actores culturales a fin de diseñar juntos una
política en materia de música coral que sea aceptable, sustentable, que
tenga consenso y sobre todo que permita sostenerse en el tiempo.
El día que los actores de la música coral podamos cumplir
estos objetivo, este arte tendrá un desarrollo coherente, sostenido y
sólido, tal como lo esperan las generaciones futuras y lo desearon quienes
nos abrieron este camino hace ya mucho tiempo.
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